Hasta el 31 de enero de 2026 se ha prorrogado el beneficio arancelario para la importación —sin carácter comercial y por personas naturales— de alimentos, productos de aseo, medicamentos, insumos médicos y plantas eléctricas.
Así lo establece la Gaceta Oficial No. 59 Extraordinaria, publicada el 19 de septiembre de 2025, que da a conocer las Resoluciones 286 y 287 del Ministro de Finanzas y Precios (MFP). Ambas normativas subrayan la necesidad de extender una medida implementada desde el 25 de abril de 2025 y cuyo plazo original vencía el 30 de septiembre del presente año.
Estas disposiciones mantienen la exención del pago del impuesto aduanero para la importación no comercial —vía equipaje acompañado— de los productos mencionados, sin límite de valor, así como para las plantas eléctricas.
Se mantienen las condiciones que dieron origen a la aplicación de estas medidas, las cuales continúan siendo una alternativa para la obtención de productos de primera necesidad deficitarios en el país, en tanto persisten los altos déficit de energía no obstante los esfuerzos del Estado en la recuperación del sistema electroenergético.
Tanto los artículos traídos como equipaje personal como los envíos deberán presentarse ante la Aduana en bultos separados del resto de los efectos, para garantizar la correcta aplicación de los beneficios establecidos en las normativas vigentes.
La Aduana General de la República reforzará sus acciones de control para asegurar que el propósito de esta prórroga —facilitar el acceso a bienes esenciales— no sea desvirtuado por usos indebidos o actividades comerciales encubiertas.
(Con información de la Agencia Cubana de Noticias)
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