Ministerio de Trabajo y Seguridad Social perfecciona política de atención a deambulantes y otros servicios (+Post)

Cuatro nuevas normas para el perfeccionamiento de la política para la atención a personas con conducta deambulante y de los servicios sociales comunitarios fueron publicadas en la edición ordinaria número 41 de la Gaceta Oficial de la República.

Se trata del Decreto-Ley 121 Sobre el servicio de cuidados para familias de hijos en situación de discapacidad severa y los acuerdos del Consejo de Ministros para establecer el procedimiento para la atención a personas con conducta deambulante; el servicio de Asistencia Social a Domicilio y el de teleasistencia.

De acuerdo con Belkis Delgado Cáceres, directora de Prevención, Asistencia y Trabajo Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, estas medidas forman parte del Sistema Nacional para el Cuidado Integral de la Vida, publicado en octubre del pasado año; un sistema que sitúa a los cuidados en el centro de un modelo de desarrollo, en el cual prevalece la corresponsabilidad Estado-familia-comunidad, además de reconocerlos como un derecho humano.

Belkis Delgado Cáceres, directora de Prevención, Asistencia y Trabajo Social del MTSS.
Foto: Cubadebate

Afirmó que estos servicios no son nuevos, pues existen desde 2003, por lo que esto constituye una forma de ampliación o mejora para hacerlos más accesibles.

ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON CONDUCTA DEAMBULANTE

La conducta deambulante se define como el trastorno del comportamiento humano multicausal, que constituye un modo de vida caracterizado por la inestabilidad y la inseguridad en el hogar, carencia de autocuidado y autonomía económica, de atención o amparo familiar, así como de un proyecto de vida favorable o una combinación de esos factores, que habitualmente se evidencia con la transgresión de las normas de convivencia y disciplina social.

Así lo puntualizó Delgado Cáceres, a la vez que detalló que «se conceptualiza la conducta deambulante y el actuar con aquellos que, sin tener asociada una discapacidad intelectual o mental, se niegan al trabajo profiláctico».

Añadió que, entre las novedades de esta norma, está el trabajo preventivo, pues constantemente están trabajando para dar solución cuando ya existe el problema, pero es también importante trabajar en la prevención, para no entrar en un círculo.

–¿Quiénes son los responsables de esta política?

–En primer lugar, el gobernador de la provincia es el responsable de coordinar el sistema de trabajo para la atención a personas con conducta deambulante. Asimismo, cada Consejo de la Administración Municipal velará por la prevención, identificación, atención, control, seguimiento y toma de decisiones en relación con la atención de personas con conducta deambulante.

«Está claro que las decisiones deben tomarse a nivel local, que es donde realmente está el problema; por ello será el intendente el encargado de constituir los equipos multidisciplinarios a nivel municipal y presidirlo.

«Su objetivo será la evaluación, clasificación y diseño de las estrategias de solución sostenible en la atención a las personas con conducta deambulante, garantizar la reinserción al núcleo familiar, y el control y seguimiento de aquellas que se devuelven al territorio por otra provincia.

«Este último objetivo se refiere a aquellas personas que deambulan en territorios que no son los de su origen y, por tanto, se hace necesario devolverlos a su lugar de residencia».

–¿Quiénes integran los equipos multidisciplinarios municipales?

Trabajadores sociales de la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social.

Representantes de la Dirección General de Salud.

Representantes de la PNR.

«Cuando la persona es menor de edad, también se integra la dirección general de Educación y los oficiales de la Dirección de Menores del Ministerio del Interior.

«Además, el intendente puede, a petición del equipo multidisciplinario, solicitar la intervención de representantes de la Fiscalía General de la República y del Tribunal Popular en el municipio, cuando la naturaleza del asunto lo requiera.

SOBRE LOS CENTROS DE PROTECCIÓN SOCIAL

De acuerdo con la Directora de Prevención, Asistencia y Trabajo Social, los Centro de Protección Social, se definen como la institución social para la atención integral a las personas con conducta deambulante que, por diversas causas económicas y sociales, se encuentran sin domicilio fijo, en estado de abandono o carecen de familiares en condiciones de prestarle ayuda, con una convivencia voluntaria a corto plazo de hasta noventa días.

Explicó que, hasta la fecha, están constituidos nueve centros de protección social en Pinar del Río, La Habana, Matanzas, Villa Clara, Ciego de Ávila, Camagüey, Holguín, Granma y Santiago de Cuba, y se indicó la evaluación de la creación en las provincias que aún no tienen.

Detalló que cada provincia puede determinar cómo dar solución a los casos de personas con esta conducta. «No se trata de que sea una camisa de fuerza, porque cada territorio tiene sus particularidades».

Delgado Cáceres resaltó que, en este caso, la responsabilidad también recae en los gobernadores, siendo estos los encargados de constituir los equipos multidisciplinarios del Centro de Protección Social y de su evaluación semestral, de conjunto con las direcciones de Trabajo, Justicia y Salud.

Sobre las estrategias de solución sostenible, expuso que no se trata de tener a una persona indefinidamente en estos centros, sino de buscar facilidades que les permitan reinsertarse al medio al que pertenecen.

Por ejemplo, dijo, en el caso de los adultos mayores se pueden ubicar en hogares de ancianos, si así fuera necesario, por no contar con la ayuda y el apoyo de la familia. Sin embargo, la mayor particularidad está en la atención a las personas menores de 60 años de edad.

Entre las funciones del centro para atender estos casos, precisó, está la promoción de acciones para la inserción laboral y social, contribuir a la rehabilitación de adicciones –existen muchas personas que están en estos centros por haberlo perdido todo a causa de las drogas o el alcohol– y atención y evaluación integral por parte del personal de Salud.

Además, por parte de los gobernadores, a través de sus estructuras, son responsables de la asignación de facilidades temporales, un hogar de tránsito, la entrega de viviendas y la aprobación de subsidios para la reparación y construcción de viviendas, de estas personas deambulantes.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA IDENTIFICACIÓN DE DEAMBULANTES

Delgado Cáceres comentó que la identificación de las personas con conducta deambulante o propensas por el grado de desatención familiar que presentan, se realiza por los trabajadores sociales, los médicos y enfermeras de los consultorios de la familia en las comunidades, grupos y familias de riesgo, a través de la caracterización social, el diagnóstico y la dispensarización de salud a nivel individual, familiar y comunitario.

Significó que, ante la detección de menores de edad con conducta deambulante por cualquiera de los integrantes de la comunidad, se debe comunicar de manera urgente a la instancia que corresponda del Ministerio de Educación o del Ministerio de Salud Pública, para que garanticen de inmediato su acogida en uno de los centros de asistencia social dedicado a estos fines; siempre que no exista algún familiar o persona afectivamente cercana que pueda hacerse cargo; y da cuenta a la Fiscalía, mientras se realizan las investigaciones pertinentes o se adopta otra medida de protección para determinar si existe un incumplimiento de la responsabilidad parental.

Dado el complejo desarrollo de la dinámica demográfica en el país, el Gobierno y el Estado cubanos avanzan hacia la implementación de políticas que beneficien a las personas en el ámbito social. Sobre las otras normas aprobadas, volverá Granma en otros artículos.

(Tomado de Granma)

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Publicado Por: Radio Progreso

Radio Progreso es la emisora de radio cubana en idioma español. Fundada el 15 de diciembre de 1929, ofrece desde entonces programas musicales y culturales. El eslogan de Radio Progreso es La Onda de la Alegría

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