Cuba actualiza tratamiento tributario para impulsar las energías renovables

El gobierno cubano dispuso eximir del pago del Impuesto Aduanero a las personas naturales y jurídicas, por la importación que realicen de sistemas solares fotovoltaicos y sus partes y piezas fundamentales.

Tal medida, junto a otras que devienen en una actualización del tratamiento tributario a esta política, aparecen en la Resolución 169 del Ministro de Finanzas y Precios (MFP), Vladimir Regueiro Ale, que entró en vigor ya tras publicarse este viernes en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 60 de 2025.

También incluye dentro del régimen exento del pago de aranceles equipos como calentadores solares, bombas fotovoltaicas, pequeños aerogeneradores, biodigestores de geomembranas, motobombas a biogás, alumbrado solar y sistemas de aires acondicionados solar, cargadores para vehículos eléctricos, que funcionen a partir del aprovechamiento de las fuentes renovables de energía (FRE), y equipos destinados al procesamiento de biomasa para la producción de energía, así como sus partes y piezas fundamentales.

La normativa contempla además la exención aduanera para las personas jurídicas que importen materias primas, componentes, equipos y accesorios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión o para fabricar dispositivos, equipos o repuestos vinculados al aprovechamiento de las FRE.

La medida beneficia tanto al sector estatal como a las formas de gestión no estatal que desarrollen proyectos de generación de electricidad utilizando fuentes renovables. Estas entidades quedarán exentas del pago del impuesto aduanero por la importación de maquinarias, equipos y otros medios indispensables durante el proceso inversionista.

Asimismo, Yenisley Ortiz Mantecón, viceministra de Finanzas y Precios, informó que se ha aprobado la exención del Impuesto sobre Utilidades para estos sectores que ejecutan proyectos de generación de electricidad con FRE durante el período de recuperación de la inversión, por un plazo máximo de ocho años. Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deberán certificar ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) correspondiente, la fecha de inicio del proyecto y la duración estimada del retorno de la inversión, según lo reflejado en el estudio de factibilidad.

Puede acceder y descargar la Gaceta Oficial Ordinaria No. 60 del año 2025 en el siguiente enlace:

https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/gaceta-oficial-no-60-ordinaria-de-2025

(Con información de la Agencia Cubana de Noticias)

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Publicado Por: Radio Progreso

Radio Progreso es la emisora de radio cubana en idioma español. Fundada el 15 de diciembre de 1929, ofrece desde entonces programas musicales y culturales. El eslogan de Radio Progreso es La Onda de la Alegría

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