Vigentes normativas actualizadas para actores económicos no estatales

Con el fin de lograr mayor orden y efectiva inserción de los actores no estatales de la economía, entran en vigor hoy nuevas normativas, publicadas por la Gaceta Oficial Ordinaria número 78 del 19 de agosto. Se trata de seis decretos-leyes, dos decretos y varias resoluciones complementarias que actualizan las disposiciones jurídicas aprobadas en 2021.

El propósito fundamental de las normativas es corregir distorsiones y lograr que la prosperidad de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), cooperativas no agropecuarias (CNA) y trabajadores por cuenta propia (TCP) transcurra en un ambiente de control y de respeto a las leyes.

Un de los decretos vigentes a partir de hoy jerarquiza la atención a este sector con la creación del Instituto de Actores Económicos no estatales, subordinado al Consejo de Ministros, y no solo para ejercer control, sino para ver sus necesidades y encaminarlo por si hay que rectificar o evaluar algunas normas.

El Ministerio de Finanzas y  Precios también dispuso otro grupo de regulaciones que, a partir de este jueves, garantizan los ingresos a los territorios que lo necesiten para sostener las actividades básicas, con el fin de reducir el déficit fiscal y con ello la inflación.

Las nuevas normativas guardan relación con el tratamiento de los precios y las tarifas, la contabilidad en los actores económicos no estatales y el tributo de los  TCP, así como con  el ejercicio de la pesca comercial. Estas, eliminan los beneficios fiscales en esas últimas figuras, es decir, las exoneraciones de impuestos, pues está demostrado que desde su aprobación estos contribuyentes pueden aportar al fisco.

Para poder ejercer su actividad, cada actor económico no estatal debe contar con cuentas bancarias fiscales. Asimismo se introducen conceptos, obligaciones y derechos en correspondencia con la política aprobada para la actualización del Código de Trabajo, a la par que desde ahora se homogeniza el tratamiento en materia laboral, de seguridad social y contravencional para todos los actores no estatales.

Otra de las modificaciones consiste en que los trabajadores por cuenta propia van a ser quienes son propietarios de los medios, el que tiene patrimonio propio. Los demás serán los trabajadores contratados, los asalariados, según explicó Marta Elena Feitó,  ministra de Trabajo y Seguridad Social. Tampoco las actividades secundarias  pueden ir en detrimento de la principal, además de que en todo negocio se prohíbe la figura del testaferro, es decir, no se puede actuar en representación de un tercero.

  (Con información de ACN)

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Publicado Por: Radio Progreso

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