A partir del miércoles 1ro. de marzo entró en vigor el Decreto 83 de la Gaceta Oficial Extraordinaria 16, la cual autoriza la venta mayorista en MLC de vehículos de motor nuevos y de segunda mano a todas las personas jurídicas cubanas y extranjeras (entiéndase tantas empresas estatales, firmas extranjeras, cooperativas, mipymes, etc.).
Según explicó Eduardo Rodríguez, ministro del Transporte en la Mesa Redonda, podrán acceder a un grupo de comercializadora mayorista que le venderán vehículos de motor, a un precio mayorista que se forma a partir del costo de adquisición y con hasta un 30 por ciento de margen comercial.
Igualmente explicó que se incorporan medidas tributarias a través de las cuales las personas jurídicas deberán pagar un impuesto especial cuando compren más de dos vehículos (solo para las motocicletas y vehículos ligeros incluyendo las camionetas).
De igual forma, se mantienen las ventas minoristas de vehículos de motor nuevos y de segunda mano en MLC, para todas las personas naturales cubanas y extranjeras radicadas en Cuba. “Los precios serán los de referencia del mercado cubano, o sea, a los precios que se venden vehículos similares en el mercado cubano entre personas naturales”, enunció el titular del sector.
El propio decreto elimina la actual restricción de la potencia (hasta 1000 watts) en las motocicletas eléctricas y se autoriza la posibilidad de importar directamente el sidecar por las personas naturales y motos con el sidecar.
Fuente: Cubadebate
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