Este jueves 5 de diciembre de 2024, tras su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba entró en vigor la Resolución 56 emitida por el Ministerio de Comercio Interior, que establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista de los actores económicos no estatales y la emisión, vigencia y actualización de las licencias comerciales. Con la nueva normativa todos los actores económicos no estatales mantienen la posibilidad de realizar el comercio minorista y tienen la obligatoriedad de inscribirse en el registro comercial explicó el viceministro primero del MINCIN, Yosvany Pupo Otero. “Las cooperativas no agropecuarias(CNA) y las micro pequeñas y medianas empresas (mipymes) privada que tenga registrada como actividad principal el comercio mayorista podrán continuar ejerciéndolo y para ello dispondrán de un término de hasta 90 días para ratificar su voluntad y como particularidad la participación del Estado”. 👥|Encuentro con las comercializadoras mayoristas para intercambiar sobre […]