La Gaceta Oficial de la República publicó la «Ley del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas», una normativa que regulará a nivel nacional los trámites de las demandas de los ciudadanos hacia las instituciones.
María del Carmen Cedeño, jefa de la Oficina de Atención a la Población del Palacio de la Revolución, puntualizó que esta ley es la primera de su tipo en el país, aunque se basa en un sistema preexistente.
La nueva norma establece las fases para atender una queja, así como los casos en que se requiere verificación o investigación. También especifica que las respuestas deben ser proporcionadas en un plazo no superior a 30 días naturales, con posibilidad de prórroga en circunstancias justificadas, subrayó.
Cedeño explicó que la ley regula el tratamiento de quejas y peticiones dirigidas contra personas que desempeñan funciones públicas, abarcando a directivos y funcionarios, incluidos aquellos con máxima autoridad en sus instituciones, así como al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Ministerio del Interior.
Además, la normativa exige el respeto entre las personas, el cumplimiento del derecho de tramitar las quejas que se formulen y brindar en cada caso una respuesta oportuna, pertinente y fundamentada.
La «Ley del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas», publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria número 123, está disponible para consultar sobre las regulaciones que regirán estas acciones en Cuba.
Puede acceder a la nueva legislación aquí: Ley del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas
(Con información de la Agencia Cubana de Noticias)
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